Salario de Eficacia Atipica


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Salario de Eficacia Atipica

Notapor atari » Jue Feb 21, 2008 3:20 pm

Buenas tardes a todos, espero me puedan ayudar con la siguiente duda:
El Salario de Eficacia Atípica entra o forma parte de mi sueldo normal para el calculo del beneficio de la Ley de Alimentación (Exclusión por exceder 3 salarios mínimos Art. 2), ya que venia disfrutando del beneficio desde el año 1998 que se decreto la Ley. Pero en vista de recibir recientemente un aumento de sueldo y a que se me creo esta figura de Salario de Eficiencia Atípica (El cual anteriormente no tenía), se me comunicó que sobrepasé los tres salarios mínimos y no soy acreedor del beneficio.
De ser este planteamiento positivo y en realidad no tengo derecho al beneficio, de producirse un aumento del Salario Mínimo por parte del Gobierno Nacional (Casi siempre los 1eros. de Mayo) y mi sueldo quedase por debajo de los tres Salarios Mínimos mensuales podré volver a disfrutar de este beneficio??
De antemano muchas gracias y saludos.

"Siempre me quejaba de no tener zapatos, hasta que vi a alguien que no tenia pies"
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